Supervigilancia
El rol de Supervigilancia del Ministerio del Medio Ambiente, se refiere a su función de supervisión sobre el estado de avance del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, que incluye el desarrollo institucional, normativo y de instrumentos para el manejo adecuado de áreas que lo integran, de manera de orientar continuamente, y en un actuar coordinado, los esfuerzos de las instituciones públicas a cargo de dichas áreas y los privados involucrados en su gestión y manejo.
Esta función implica la supervisión y coordinación en el ejercicio de las funciones de los órganos de la Administración del Estado con competencia en la creación, modificación, gestión y administración de las áreas protegidas, propendiendo a la consolidación de un Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, así como el manejo efectivo de las áreas que lo componen. Lo anterior con la finalidad de planificar, implementar y evaluar el manejo efectivo de las áreas protegidas, el cumplimiento y la adecuación normativa vectorial en relación con los fines del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, la optimización territorial del sistema y el cumplimiento de los compromisos internacionales en la materia, por medio de la coordinación con los demás organismos públicos competentes, con miras a lograr los objetivos y metas de conservación de la biodiversidad, comprometidas en el marco del plan estratégico del Convenio sobre Diversidad Biológica y reflejadas en el plan de acción sobre áreas protegidas de la Estrategia Nacional de Biodiversidad